Sí es posible volver a votar un acuerdo ya aprobado por la comunidad de vecinos en otra reunión siempre y cuando no se haya ejecutado el acuerdo.

Nada dice la ley de propiedad horizontal de no poder tratar y votar en una nueva reunión un tema o punto acordado en una reunión anterior. El problema surge cuando el acuerdo que se quiere volver a votar ya ha sido ejecutado.

Recordemos que la ley dice que los acuerdos adoptados válidamente en una reunión son ejecutivos desde el momento que se adoptan.

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Por ejemplo:

Imaginemos que en una reunión se acuerda la rehabilitación de la terraza de un ático por estar en mal estado. Al cabo de un mes se realizan los trabajos. Es evidente que intentar tratar este tema en una nueva reunión para revocarlo será absurdo por cuanto el acuerdo ya ha sido ejecutado.

Otra cuestión es que el acuerdo adoptado no haya sido ejecutado aún, ya sea porque se están recogiendo los fondos necesarios para sufragarlo o porque no ha habido tiempo material.

En ese caso, si se vuelve a tratar el tema en una reunión posterior, se podría revocar el acuerdo si así lo considera ahora la mayoría de los propietarios.

De todas formas, tal y como establece la ley de propiedad horizontal, si un propietario no está conforme con un acuerdo adoptado en reunión siempre puede impugnar el mismo si considera que lesiona sus intereses. Lógicamente, previamente deberá haberse opuesto al mismo en caso de haber asistido a la reunión, o manifestar su oposición de forma fehaciente en el plazo de un mes en el caso que no haya asistido. Suele suceder que cuando en una reunión se tratan según que temas, surjan discrepancias notables entre los propietarios, especialmente si el acuerdo conlleva posibles afectaciones a varios propietarios como, por ejemplo, la solicitud de la instalación de un tubo de extracción de humos para un local por un patio de luces.

En este caso, los más firmes opositores suelen ser los propietarios cuyas viviendas quedarían afectadas por el paso del tubo en el patio de luces.

Si el acuerdo es finalmente adoptado por las mayorías pertinentes, es muy posible que los propietarios opositores planteen una nueva reunión para tratar el tema otra vez.

 

Como resumen, lo cierto es que no es muy aconsejable volver a tratar y votar en nuevas reuniones acuerdos ya adoptados con anterioridad, ya que se puede crear un círculo vicioso de estar tratando constantemente temas hasta que los vecinos más “insistentes” consigan que les den la razón.

Lo correcto es que, si se trata un tema en reunión, se vota y se adopta un acuerdo por las mayorías pertinentes, este sea ejecutivo y se lleve adelante. Y si algún propietario no esta de acuerdo, deberá llevar a cabo los trámites pertinentes que le permite la ley para defender sus derechos.

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