Viendo estos días las impactantes imágenes de la colada de lava arrasando casas en la isla de la Palma, muchas personas se preguntan ¿qué sucederá con los dueños de las casas afectadas por la lava?, o ¿qué pasaría si nuestra casa sufriera un accidente causado por fenómenos atmosféricos o geológicos tales como vientos huracanados, lluvias torrenciales, terremotos, volcanes, corrimientos de tierras, etc.?

Para empezar hay que preguntarse: ¿la casa está asegurada?

En primer lugar, lo más importante a destacar es que todo dependerá si el propietario de una casa afectada por este tipo de riesgos la tenía asegurada o no.
Si tenía contratada una póliza de seguro de hogar, su camino será más fácil.

Si está asegurada, pasos a seguir.

A continuación, tendrá que dar parte a la compañía para que se valoren las pérdidas tanto de continente como de contenido.
Una vez dado parte, el siguiente paso será acceder a la casa, si es posible, para que los peritos puedan valorar los daños y las pérdidas.
Será fundamental realizar una lista de las pérdidas materiales y presentar las facturas de los gastos extras que se ha tenido que efectuar al no poder entrar en la vivienda.

¿Quién cubre este tipo de siniestros?

Los siniestros provocados por fenómenos atmosféricos y geológicos extremos, no quedan cubiertos directamente por la compañía de seguros que uno tiene contratada, si no por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
Se trata de una entidad estatal y depende del Ministerio de Economía.
No obstante, si por acción de estos fenómenos extraordinarios se declara catástrofe natural, será el Gobierno estatal quien se haga cargo de las indemnizaciones y no el CCS, como por ejemplo en el caso de la erupción volcánica de La Palma.

¿Qué riesgos quedan cubiertos por el CCS?

Hay tres tipos de riesgos que cubre el CCS:

  • Fenómenos de la naturaleza.
  • Causados por violencia.
  • Por consecuencia de actuaciones de las Fuerzas Armadas.

Dentro de los fenómenos de la naturaleza más habituales están las inundaciones como consecuencia de fuertes lluvias, desborde de ríos, rieras, etc.
También están incluidos aquí las erupciones volcánicas, tornados, huracanes, tsunamis, lahares, terremotos, etc.

Dentro de los fenómenos causados por violencia estarían los daños por tumultos, rebeliones, terrorismo, etc.

Dentro de los siniestros producidos por las Fuerzas Armadas se engloba cualquier perjuicio causado por las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad siempre que ocurran en periodos de paz.

¿Cuáles son los requisitos para poder cobrar una indemnización del CCS?

Como indicábamos anteriormente, se debe tener contratada una póliza de seguro privada y estar al corriente de pago de la prima.

¿Qué pasa si no tengo seguro?

En última instancia, si la persona afectada por un siniestro de este tipo no tenía la casa asegurada, podrá cobrar alguna indemnización si el Gobierno declara catástrofe natural o acuerda un paquete de ayudas para los afectados.
En cualquier caso, el afectado que tenía seguro contratado recibirá siempre una indemnización mayor que la que puedan conceder las Administraciones Públicas.

Siniestros extremos que pueden afectar a las comunidades de propietarios.

Ciñéndonos a los siniestros extremos que más suelen afectar a las comunidades de propietarios se encuentran:

  • Lluvias torrenciales o inundaciones derivadas.
  • Fuertes vientos.

Las lluvias torrenciales pueden causar graves filtraciones en las viviendas superiores o en las que están situadas debajo de terrazas o cubiertas.
Puede ser por problemas de la impermeabilización, o por desborde por los mimbeles perimetrales de cubiertas o terrazas, debido a que los desagües no son capaces de poder absorber con eficiencia toda el agua caída.
Como consecuencia de estas lluvias torrenciales, pueden producirse inundaciones en bajos, sótanos y garajes, directamente por acumulación de agua en la vía pública o por desborde de ríos, lagos y rieras (si la población donde está ubicada la comunidad de propietarios tiene estos accidentes geográficos).
Los fuertes vientos pueden causar daños en claraboyas, separaciones de balcones, toldos, pérgolas, etc.
En el supuesto que una comunidad de propietarios se vea afectada por un siniestro de este tipo, deberá dar parte al seguro multirriesgo del edificio para que un perito valore los daños causados por el fenómeno extraordinario.

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En Finques Chicote como administradores de fincas en Barcelona y L’Hospitalet con más de 15.000 clientes y alrededor de 400 comunidades administradas, hemos tenido que gestionar en algunas ocasiones daños en comunidades como consecuencia de fenómenos naturales, especialmente por fuertes lluvias y vientos, y somos conscientes que precisan de una intervención rápida y eficaz.

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