Dentro de las comunidades de propietarios, hay ocasiones en las que los copropietarios utilizan las zonas comunes para depositar objetos personales, bien sea de forma temporal o continuada en el tiempo.
Puede ser que los dejen por ignorancia y desconocimiento, mas es importante saber que ningún propietario debe de utilizar ninguna zona común en beneficio propio, incluyendo el umbral (o sus aledaños) de la puerta de la vivienda..
Es indiferente que se dejen objetos personales o se haga un uso particular de las zonas comunes. Las zonas comunes bajo ningún concepto pueden ser utilizadas para cuestiones privadas y es importante que los propietarios e inquilinos lo sepan para evitar problemas de convivencia.
¿Qué objetos es habitual encontrarse junto a la puerta de una vivienda?

Veamos algunos ejemplos.

  • Zapatos en el rellano (por ejemplo en un día lluvioso).
  • Paraguas en el rellano (para que se seque, ya sea en un paragüero o desplegado).
  • Bicicleta o patinete en el rellano o en el vestíbulo.
  • Cochecito de bebé aparcado en el rellano o en el vestíbulo.
  • Alfombrilla o tapete delante de la puerta de la vivienda.
  • Adorno navideño colgado en la puerta de la vivienda.
  • Paquetes o cajas de compras online en el rellano (por ejemplo que las deje un repartidor o mensajero).
  • Trastos o muebles en el rellano o en el vestíbulo.
  • Sacos de escombros de obra en el rellano o en el vestíbulo.
  • Bolsa de basura en el rellano para que la recoja el conserje/portero (servicio de recogida de basuras selectivo no comunitario), o bien para que más tarde la baje el propio propietario a los contenedores de la vía pública.

En algunos casos, es posible admitir la existencia de un objeto situado junto a la puerta de la vivienda, como por ejemplo, zapatos o paraguas, siempre y cuando sea por el mínimo tiempo indispensable y de forma puntual (no convertirse en hábito diario). No obstante ante esta norma podríamos encontrarnos con dos excepciones: el poder dejar siempre una alfombrilla o tapete delante de la puerta de la vivienda para frotar la suela de los zapatos antes de entrar a ella, o colgar un adorno navideño en la puerta durante dicha festividad.
No es admisible dejar bolsas de basura en el rellano junto a la puerta aunque vayamos a bajarla en breve a los contenedores. Las bolsas de basura las debe tener cada propietario dentro de su vivienda y sacarla cuando uno salga a la calle, o bien, si tiene conserje que se la recoge, entregársela al momento que éste se la solicite.
Este hecho suele ser habitual en algunas fincas, por lo que de ocurrir de forma periódica, se ha de poner en conocimiento del administrador para que realice los oportunos apercibimientos al propietario o inquilino causante.

Otra cuestión que puede ser común es que en las fincas que no hay ascensor, los propietarios que tienen bebés dejen el cochecito en el vestíbulo. En este caso, lo correcto es que el propietario o propietarios que estén en esta situación, lo comuniquen al presidente y/o administrador a fin de tratar el tema en una reunión para que sea votado por los propietarios.
Respecto a dejar sacos de escombros, bicicletas o patinetes, trastos o muebles, tanto en los rellanos como en el vestíbulo, no se puede tolerar y se debe advertir al vecino infractor, dado que ello podría poner en peligro una adecuada evacuación de los vecinos en caso de incendio o emergencia en el edificio.
Y en relación a depositar cajas o paquetes junto a la puerta como llevan a cabo los repartidores, existe el riesgo de que el paquete pueda ser sustraído o estorbar en caso de evacuación del edificio, por consiguiente tampoco está permitido.

Hay comunidades de propietarios que aprueban normas de régimen interior, que contienen reglas internas referentes a las relaciones de convivencia y buena vecindad entre los propietarios, y a la utilización de los elementos de uso común y de las instalaciones.
De detectarse en una comunidad de propietarios un uso indebido de zonas comunes, sería importante aprobar la creación de este tipo de reglamento a fin de dotar a los vecinos de unas normas de obligatorio cumplimiento para todos.
En resumen, lo importante es que todos los vecinos de una comunidad de propietarios deben de saber y tener presente que no se pueden dejar objetos personales delante o al lado de la puerta de la vivienda.

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