Según el régimen jurídico de la propiedad Horizontal en Cataluña, corresponden al presidente de una comunidad de propietarios las siguientes funciones:
a) Convocar y presidir las reuniones de la junta de propietarios.
b) Representar a la comunidad judicial y extrajudicialmente.
c) Elevar a públicos los acuerdos, si procede.
d) Velar por el buen funcionamiento de la comunidad y por el cumplimiento de los deberes del secretario y del administrador.
e) Cualesquiera otras funciones que establezca la ley.
Como vemos, la mayoría de las acciones de un presidente se suelen centrar, básicamente, en los apartados a) y d).
Respecto a las reuniones, se tiene que realizar obligatoriamente una reunión anual para aprobar el estado de cuentas, aprobar el presupuesto para el siguiente ejercicio, cambiar los cargos de la Junta y todos aquellos puntos que así considere el presidente.
Aparte, durante el ejercicio puede celebrarse alguna reunión extraordinaria.
Respecto a velar por el buen funcionamiento de la comunidad consiste, en el supuesto que haya un administrador de fincas, de comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en la comunidad de propietarios.
Y si no lo hay, entonces tendrá más trabajo ya que deberá encargarse personalmente, o con los otros cargos de la junta, de resolver estas incidencias.
Por otro lado, tendrá que representar a la comunidad a nivel judicial y extrajudicial en el caso que haya alguna demanda, cosa no muy habitual.
Estas son las obligaciones del presidente que, lógicamente, serán más llevaderas si la comunidad tiene contratado un administrador de fincas.
No obstante, hay otras cuestiones que no son obligación del presidente y que conviene tener presentes:
- El presidente no es el policía de la comunidad de propietarios.
- El presidente no es el mayordomo ni el criado de los vecinos de la comunidad.
- El presidente tiene una vida privada que se debe respetar
Podríamos añadir más cuestiones, pero creemos que las expuestas son suficientes para hacernos a la idea de muchas situaciones de este tipo que suelen sufrir los vecinos de una comunidad que son presidentes.
El hecho que la ley indique que el presidente debe velar por el buen funcionamiento de la comunidad no quiere decir que, por ejemplo, el ascensor esté averiado y ningún vecino llame a la empresa de mantenimiento o al administrador de fincas esperando que lo haga el presidente.
Lo mismo sirve para cualquier otro tipo de incidencia como problemas de cerrajería, de filtraciones de agua, de antena TV, de interfonos, etc.
El presidente tampoco es un agente de la autoridad que tiene que ejercer de sheriff en la comunidad cuando existen problemas entre vecinos de la índole que sean.
Si hay un problema entre vecinos, deben ser estos entre sí quienes los resuelvan y no el presidente o el administrador de fincas.
Como indicábamos anteriormente, si la comunidad dispone de un administrador de fincas, cualquier propietario puede informarle de cualquier tipo de incidencia y no esperar que lo haga el presidente, y mucho menos como a veces sucede, ir a la casa del presidente por la noche para comunicarle que durante la mañana se produjo una incidencia que, perfectamente, podía haber gestionado el vecino.
Y si la comunidad no tiene contratado un administrador de fincas, la Junta rectora la componen, aparte del presidente, un vicepresidente y un secretario quienes, en ausencia de este, pueden gestionar las incidencias.
Los administradores de fincas muchas veces recibimos las quejas amargas de los propietarios que ejercen de presidente, con respecto a la insolidaria actitud de algunos vecinos de la comunidad quienes piensan que el presidente es poco menos que un policía o un criado al servicio del resto de comuneros.
Por ello, el propietario que ejerce de presidente no debe permitir que el resto de los vecinos le adjudiquen tareas u obligaciones que no le corresponden por pensar, erróneamente, que el presidente está para todos los temas e incidentes que pueden surgir en una comunidad de propietarios.
Y mucho menos que no respeten su vida privada.
En Finques Chicote llevamos más de 50 años administrando comunidades de propietarios en Barcelona y L’Hospitalet, y hemos visto en muchos casos a vecinos agobiados y hartos en el ejercicio de la presidencia debido a la insolidaria actitud de algunos vecinos de su comunidad.