En todos los edificios es obligatoria la existencia de buzones con el fin de que los propietarios puedan recibir la correspondencia postal a la que por ley tienen derecho.
Aunque es notorio que el correo entre particulares prácticamente ha desaparecido, quedando este servicio relegado al envío de correspondencia por parte de empresas a particulares como las compañías de suministros, el buzón de correos sigue resistiendo a pesar también del cada vez mayor aumento del uso del correo electrónico.
Veamos algunas cuestiones relativas a los buzones que como administradores de fincas nos suelen plantear:
Los buzones, ¿son elementos comunes o privativos?
Los buzones son, en lo que se refiere a su conjunto, elementos comunes, aunque cada propietario tiene un derecho exclusivo sobre el buzón individual que se le haya asignado.
El reglamento de Correos indica que deben de haber tantos buzones como locales y viviendas haya en el edificio, más otro buzón para las devoluciones.
¿Los locales pueden tener buzón?
En muchas comunidades de propietarios se plantean conflictos al respecto de si los locales que no tienen acceso por el vestíbulo pueden tener buzón.
Viene esta disputa al caso debido a que, casi siempre, los locales sin acceso al vestíbulo están excluidos de los gastos de escalera.
Por ese motivo, los propietarios de las viviendas consideran que, dado a que los locales no participan en los gastos de escalera, no tienen derecho a buzón.
Esto se trata de un error habitual ya que todos los departamentos que integran una comunidad de propietarios (locales y viviendas) deben tener un buzón individual, tal y como indicábamos en el párrafo anterior, independientemente de que pueda haber departamentos que no participen en determinados gastos.
Y aparte, en los últimos tiempos existe un aumento de la conversión de locales en viviendas, por lo que con más motivo para que estos departamentos deban tener buzón.
¿Qué debe figurar en los buzones?: ¿el nombre del propietario o la vivienda?
La normativa de Correos precisa que la correspondencia se debe entregar en la dirección correspondiente y no al nombre que figure en el buzón, y que en los buzones solo debe de constar el número de la vivienda.
No obstante, si la comunidad adopta un acuerdo de que todas las placas lleven los nombres de los propietarios o inquilinos, dicha placa identificativa debe ser estéticamente igual en todos los buzones, aunque nunca podrá obligarse a un propietario o inquilino a que incluya una placa identificativa en su buzón porque es libertad de cada uno el adherirse o no a la colocación de placa en el buzón (por ejemplo, por privacidad o anonimato uno puede desear que su nombre no quede expuesto públicamente).
Lo importante es que sí que aparezca el número de la vivienda. Ejemplo: 3ºC, 1º 4ª, Ático 2ª, etc.
¿Se pueden instalar los buzones en cualquier sitio?
Los buzones han de colocarse firmemente fijados a la pared para que no puedan cambiarse de ubicación, o sea, que no pueden ser elementos móviles.
Tienen que estar en una zona cuyo acceso sea fácil y cómodo, y deben tener una altura que permita su correcto uso, incluso por personas en silla de ruedas.
Es importante que esto sea así, ya que en caso contrario, la entrega o recogida de correspondencia puede no ser efectiva y puede haber problemas con el servicio de correos.
¿Se puede coger la correspondencia de un buzón que no es el nuestro?
No, ni se puede ni se debe de coger la correspondencia de buzones ajenos, ya que se trata de un delito penal al ser un derecho individual la inviolabilidad y el secreto de las comunicaciones.
Por ello, si se descubre a un propietario o a una tercera persona accediendo o intentando acceder a un buzón que no es el suyo, puede tener graves problemas legales.
¿Quién debe asumir la reparación de los buzones?: ¿la comunidad o el propietario?
Esta es una cuestión habitual que surge en las comunidades de propietarios. Para aclarar la cuestión y que se entienda correctamente, vamos a hacer un símil aproximado con la instalación de portero electrónico.
El portero electrónico es un elemento común (placa, amplificados, cables, etc.) y los telefonillos de las viviendas son privativos por hallarse en el interior de cada una de estas.
No obstante, cuando se sustituye íntegramente la instalación, se asume entre todos los propietarios (placa e interfonos).
Posteriormente, si se estropea el telefonillo de un interfono, el propietario de dicho telefonillo debe asumir su reparación o sustitución.
En el caso de los buzones sería algo parecido.
La comunidad de propietarios debe asumir cualquier obra relativa a la estructura de los buzones o su sustitución integral por otros nuevos así como las tarjetas identificativas.
Los propietarios deberán asumir los gastos ordinarios de conservación y mantenimiento del buzón como, por ejemplo, si se estropea la cerradura del buzón o la puerta de este.
En la administración Finques Chicote somos administradores de fincas desde el año 1968 en Barcelona y su área metropolitana, administrando más de 400 comunidades de propietarios. Es habitual que en las reuniones de vecinos surjan dudas respecto a los buzones. Por eso es muy importante que todos los propietarios y vecinos del edificio tengan un profundo conocimiento de todas las cuestiones que rodean a los buzones a fin de evitar malos entendidos y problemas legales.
Si desea contratar los servicios de un administrador de fincas para su comunidad, le animamos a que nos solicite presupuesto de administración.