La novación hipotecaria y la subrogación hipotecaria son dos conceptos relacionados con las modificaciones de préstamos hipotecarios, pero difieren en sus enfoques y objetivos. Ambas opciones permiten a los prestatarios ajustar las condiciones de sus hipotecas, pero se utilizan en situaciones diferentes y tienen implicaciones distintas en términos de cambio de entidad financiera o de las condiciones del préstamo. En Finques Chicote te explicamos sus diferencias.
- Novación hipotecaria:
La novación hipotecaria es un proceso en el cual un prestatario y su entidad financiera acuerdan modificar las condiciones de un préstamo hipotecario existente sin cambiar la entidad financiera. Esto puede incluir cambios en la tasa de interés, el plazo del préstamo, la cuota mensual o incluso la introducción de cláusulas específicas. La novación se puede utilizar para adaptar el préstamo a las circunstancias cambiantes del prestatario, como ajustar los pagos mensuales para hacerlos más manejables. La ventaja principal de la novación es que permite mantener la relación con la misma entidad financiera sin tener que cambiar de banco.
- Subrogación hipotecaria:
La subrogación hipotecaria es un proceso por el cual un prestatario decide trasladar su préstamo hipotecario a otra entidad financiera que ofrezca condiciones más favorables. La nueva entidad financiera liquida la deuda pendiente con la entidad original y establece un nuevo contrato hipotecario. La subrogación es especialmente útil cuando se encuentran tasas de interés más bajas o mejores condiciones con otro banco. Sin embargo, puede implicar costes asociados como gastos notariales, tasas y comisiones por la transferencia.
Diferencias clave:
- Cambio de entidad financiera:
- Novación hipotecaria: no implica cambiar de entidad financiera sino que se trata de renegociar el contrato con la misma entidad para ajustar las condiciones.
- Subrogación hipotecaria: implica el cambio de entidad financiera. El préstamo es transferido a un banco diferente que ofrece condiciones más favorables.
- Enfoque en las condiciones:
- Novación hipotecaria: consiste en la modificación de las condiciones del préstamo existente.
- Subrogación hipotecaria: se trata de buscar condiciones más ventajosas en otra entidad financiera.
- Costes asociados:
- Novación hipotecaria: puede haber costes asociados con la modificación del contrato, como tasas administrativas o notariales.
- Subrogación hipotecaria: puede implicar costes más significativos, como comisiones por la transferencia y gastos notariales.
Resumiendo, la novación hipotecaria implica ajustar las condiciones de un préstamo con la misma entidad financiera, mientras que la subrogación hipotecaria involucra trasladar el préstamo a otra entidad que ofrezca mejores condiciones. Ambas opciones tienen sus propias ventajas y consideraciones, por lo que es importante evaluar cuidadosamente las implicaciones financieras antes de tomar una decisión.