El Ayuntamiento de Barcelona ha suscrito un convenio de colaboración con el Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona‑Lleida (CAFBL) y la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona (CPUB), con el objetivo de promover que las comunidades de propietarios adopten o modifiquen sus estatutos para incorporar cláusulas que restrinjan el uso turístico u otras actividades susceptibles de generar conflictos comunitarios.
El acuerdo prevé un esquema de incentivos y ayudas con tres líneas principales:
- Subvención directa: Se asigna una ayuda de 4.000€ a cada parte implicada (Ayuntamiento, CAFBL y CPUB) para potenciar el desarrollo normativo, los procedimientos y los mecanismos de gobernanza necesarios para que las comunidades de propietarios adopten medidas reguladoras.
- Asistencia profesional para la redacción o modificación estatutaria: Se destina un máximo de 36.000€ para cubrir los honorarios de administradores de fincas colegiados y asesores jurídicos que colaboren en la preparación, negociación y formalización de las modificaciones estatutarias en las comunidades que lo soliciten.
- Financiación de costes comunitarios: Hasta 56.000 € serán destinados para sufragar los gastos que las comunidades deban afrontar para llevar a cabo las modificaciones estatutarias (actas, juntas extraordinarias, notificaciones, asesoría técnica, etc.).
Que decir tiene que todas estas ayudas quedan sujetas a la aprobación formal por la comisión de gobierno municipal.
Para garantizar que esta iniciativa llegue a todas las comunidades de propietarios interesadas, se prevé una campaña informativa coordinada por el Ayuntamiento, el Colegio de Administradores y la Cámara de la Propiedad. Se ofrecerá asistencia técnica especializada para guiar a las comunidades en el proceso de cambio estatutario.
Este nuevo instrumento normativo y de apoyo técnico presenta para los administradores de fincas varias implicaciones clave:
- Asesoramiento y mediación técnica: Los administradores colegiados nos convertimos en actores esenciales para acompañar a las comunidades de propietarios en la tramitación estatutaria, conciliando intereses generales y particulares.
- Incremento de la demanda profesional: Las subvenciones a honorarios y costes comunitarios abren oportunidades para que profesionales especializados participen en este mercado de servicio.
- Mejora de la convivencia: La incorporación de cláusulas de control del uso turístico (o de otras actividades generadoras de molestias) puede ayudar a prevenir conflictos en las comunidades con alta presión de ocupación temporal.
- Necesidad de armonización legal: Será fundamental compatibilizar los cambios estatutarios con la normativa municipal vigente sobre viviendas turísticas, de modo que las cláusulas comunitarias no colisionen con leyes superiores o derechos adquiridos.
En definitiva, la colaboración entre la administración pública y los organismos profesionales constituye un modelo de política preventiva en materia de vivienda, que otorga herramientas reales a las comunidades para regular actividades potencialmente disruptivas.