Cuando compramos una vivienda, es muy importante comprobar que todo está correcto y que no cuenta con ningún defecto, algo completamente obvio y esperable si se compra una vivienda de obra nueva, sin embargo, hay ocasiones en las que aparecen fallos tiempo después de haber realizado la compraventa.
¿Qué plazos de garantía de construcción tengo si compro una propiedad de obra nueva?
En Finques Chicote te contamos cuáles son los plazos de garantía de este tipo de inmuebles. En una vivienda de obra nueva se pueden dar algunos defectos de construcción, como fallos en los acabados o los denominados vicios ocultos, que son aquellos defectos que no son perceptibles cuando nos entregan la vivienda pero que pueden aparecer con el tiempo, como: humedades, grietas en paredes, fallos eléctricos, etc.
Tanto uno como otro, se pueden reclamar, siempre y cuando, entren dentro de los plazos establecidos por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), que dependen del tipo de desperfecto:
- Un plazo de 10 años de garantía para cualquier defecto estructural: Esta garantía cubre los desperfectos más graves que puedan afectar a la resistencia mecánica y a la estabilidad del edificio, incluyendo las vigas, la cimentación, el soporte, los muros de carga o cualquier elemento de categoría estructural. Esta garantía es conocida como garantía decenal o seguro decenal.
- Un plazo de 3 años de garantía para los elementos constructivos o las instalaciones que puedan afectar a la habitabilidad del edificio: Se incluyen los fallos en las distintas instalaciones, las humedades, grietas, etc.
- Un plazo de 1 año para los desperfectos de acabados: Serían fallos en la pintura, daños en los muebles de cocina, problemas en el alicatado de baños, entre otros.
Una de las cosas más importantes a tener en cuenta con respecto a estos plazos establecidos por la ley, es que hacen referencia al momento de entrega del inmueble por parte del constructor y no en el momento de la compra, por lo que puede dar la circunstancia que hayamos comprado un inmueble que se considere vivienda de obra nueva pero que ya esté fuera de plazo con respecto a las garantías.