Los garajes suelen estar debajo de un edificio, o de varios edificios en el caso que se trate de una mancomunidad de propietarios. Por otro lado, forman por sí mismos una comunidad de propietarios independiente del edificio o edificios superiores. Y como tal comunidad de propietarios tiene sus gastos propios, su Junta, sus problemas, etc. No obstante, también forman parte del edificio o edificios superiores al ser una entidad más de los mismos, al igual que un local o una vivienda.
La diferencia es que los parkings son propiedad de muchos propietarios, pero por lo demás su tratamiento es el mismo que con los locales y las viviendas. Por lo tanto, tienen que participar en los costes de los trabajos de reparación estructural del edificio o edificios superiores según su coeficiente de propiedad.
Sucede que, muchas veces, los propietarios de las plazas de garaje no entienden por qué tienen que contribuir en los gastos de los trabajos de los edificios superiores, especialmente si son propietarios que sólo disponen de plaza de garaje y no residen en las viviendas sitas en estos.
Como decíamos, los parking forman parte del edificio o edificios superiores como una entidad más, y como tal entidad, debe de participar económicamente en las reparaciones estructurales de acuerdo con su coeficiente como el resto de los departamentos.
¿En qué tipo de trabajos debe de contribuir el parking?
Los trabajos en los que éste debe participar serían:
- Trabajos en fachadas.
- Trabajos en la cubierta.
- Trabajos en los patios de luces.
- Trabajos en los bajantes/albañales.
- Cualquier otro trabajo de tipo estructural.
Dichos trabajos pueden ser reparaciones puntuales o rehabilitaciones integrales.
En ambos casos, el aparcamiento deberá participar en el importe de estos trabajos de acuerdo con su coeficiente de propiedad.
Si se trata de rehabilitaciones, previamente habrá tenido que intervenir un arquitecto, habiéndose solicitado varios presupuestos que se habrán debatido en reunión.
A dicha reunión, se convoca siempre al presidente del parking como representante legal del mismo.
Posteriormente, se hace traslado del acuerdo adoptado a los propietarios del garaje y especialmente, si se ha acordado la emisión de una derrama especial para hacer frente al coste de los trabajos a realizar.
La parte proporcional que corresponda asumir a la comunidad aparcamiento se tendrá, así mismo, recaudar proporcionalmente también entre los propietarios de las plazas de garaje, ya sea por coeficiente en el caso que lo tengan, o por partes iguales.
¿Qué ocurre si aparece un daño estructural en el parking?
En este caso, el tratamiento sería el mismo que si aparece un daño estructural en un local o en una vivienda.
Se trata de una reparación que han de asumir todos los miembros del edificio, participando el parking de acuerdo con su parte proporcional.
El hecho de que un daño estructural esté en el interior de una propiedad no significa que el coste de la reparación deba ser asumido por esta.
Hay otros trabajos/gastos en los que puede participar un garaje respecto al resto del edificio como el gasto de conserjería o de ascensor en el supuesto que este baje hasta el aparcamiento.
En cualquier caso, siempre se ha de estar a lo dispuesto en la escritura de obra nueva y división horizontal y/o estatutos, donde pueden figurar cláusulas al final que excluyan al parking de participar en ciertos gastos, normalmente gastos interiores de escalera.
Por otro lado, a veces surgen en las reuniones del parking preguntas entre los propietarios de plazas de aparcamiento conforme si las viviendas y locales del edificio deben participar en los gastos interiores del garaje como, por ejemplo, el pintado de este o el asfaltado del pavimento.
En estos supuestos se trata de trabajos de mantenimiento propios del garaje y que deben ser asumidos solamente por los propietarios de las plazas de garaje, no teniendo nada que ver el resto de miembros del edificio.
Sería lo mismo que si un propietario pinta su vivienda o cambia el pavimento de ésta. En este caso, el coste de los trabajos lo asume el propietario de la vivienda, no teniendo nada que ver el resto de copropietarios de la comunidad.
Como resumen, es importante que los propietarios de una plaza de aparcamiento asuman que la misma forma parte de un edificio o edificios y que, por consiguiente tendrán que asumir de forma proporcional cualquier coste de reparación estructural que se deba de llevar a cabo.