Todas las comunidades de propietarios tienen la obligación de aprobar en la reunión ordinaria anual el presupuesto de gastos para el próximo ejercicio.
Dicho presupuesto se remite a los propietarios junto con la convocatoria de la reunión y la liquidación de cuentas del año anterior.
El presupuesto comprende siempre los gastos recurrentes que tiene la comunidad de mantenimientos y servicios, tales como:
- Seguro multirriesgo.
- Suministro electricidad escalera.
- Suministro electricidad fuerza ascensor.
- Mantenimiento ascensor.
- Limpieza escalera.
- Mantenimiento extintor y sistemas contraincendios.
- Mantenimiento puerta parking.
- Servicio de jardinería.
Aparte, se puede poner una partida de Imprevistos varios que comprende esos gastos extras que suceden todos los años en las comunidades: cerrajería, antena, interfonos, etc.
Si estos gastos extras son de importe elevado, la mencionada partida de Imprevistos no lo podrá cubrir, por lo que es posible que sea necesario pasar al cobro un recibo extra (derrama).
Como decíamos, este presupuesto se presenta en la reunión ordinaria anual y se debe aprobar por la mayoría de los propietarios asistentes a la reunión y aplicar las cuotas resultantes de provisión de fondos a cada propietario.
Dicho esto, la cuestión es saber si el presupuesto aprobado en reunión puede ser modificado posteriormente por el presidente, o por propuesta de algún propietario, que crea que hay partidas incorrectas o con costes inadecuados.
La respuesta sería que no. Ni el presidente, ni ningún propietario que lo proponga, ni tan siquiera el secretario administrador pueden modificar unilateralmente un presupuesto de gastos aprobado por una comunidad de propietarios en reunión.
Es indiferente si la susodicha modificación implica una disminución de las cuotas de provisión de fondos acordadas lo que, teóricamente, supondría un beneficio para los comuneros.
Si se detecta que hay un error en el presupuesto o que se ha de modificar una partida relevante, tanto por el presidente, como por algún vecino, como por el secretario administrador, como se debe de proceder es rehaciendo el presupuesto y sometiéndolo a aprobación en una nueva reunión.
Hay que tener presente que el presupuesto de gastos de una comunidad de propietarios es uno de los pilares más importantes dentro del funcionamiento de la misma junto con la liquidación de cuentas, ya que ambos documentos tratan las cuestiones económicas de la comunidad de propietarios.
Las comunidades de propietarios necesitan de los fondos que aportan sus copropietarios para su funcionamiento, fondos que se recaudan mediante recibos periódicos, y el importe de dichos recibos viene dado por el presupuesto de gastos aprobado en la última reunión, por lo que cualquier pretensión de alteración o variación de los citados importes mediante un nuevo presupuesto, debe de ser aprobado por la comunidad de propietarios en reunión, que es el conducto legalmente establecido para cualquier cambio, modificación o ampliación presupuestaria.