Desde el día 26 de abril, los menores de 14 años pueden salir a la vía pública con ciertas restricciones, lo cual ha supuesto varios cambios en la vida de muchas familias. Por ello, creemos conveniente exponer las indicaciones que se deberán seguir para no comprometer la seguridad del resto de ciudadanos.

 

¿Cómo deben salir los niños y las niñas a la calle?

 

La Orden SND/370/2020, de 25 de abril indica lo siguiente:

  1. Los niños y niñas menores de 14 años podrán salir de sus domicilios durante la vigencia del estado de alarma.
  2. Podrán salir con un adulto responsable hasta 3 niños o niñas, y podrán circular por vías o espacios públicos.
  3. Se entiende por adulto responsable la persona mayor de edad que convive en el domicilio con el mismo niño o niña en la actualidad. Si se trata de una persona diferente, deberá tener una autorización de estos.
  4. La circulación queda limitada a un paseo al día de como máximo una hora y una distancia máxima de 1 kilómetro del domicilio.
  5. El horario del paseo podrá ser entre las 9:00 h. y las 21:00 h (dentro de esta franja horaria).
  6. Se deberán adoptar todas las precauciones para evitar contagios y mantener la distancia de seguridad de 2 metros.
  7. No está permitido el acceso a parques infantiles ni instalaciones deportivas.

 

¿Cómo afectan estas nuevas medidas a las zonas comunes?

 

Por lo que respecta al posible acceso y uso de las zonas comunes, sean o no zonas dedicadas a actividades infantiles, se siguen manteniendo las mismas restricciones que anteriormente y no está permitido.

Estos últimos días, habían circulado diferentes opiniones al respecto de las posibles afectaciones al acceso a zonas comunes de la nueva orden.

El comentario del vicepresidente Pablo Iglesias de conceder a las comunidades de propietarios la potestad para decidir o no este acceso, generó una gran polémica entre los administradores de fincas, obligando al Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas a remitir un escrito al vicepresidente para evitar esta cuestión.

Finalmente, las comunidades de propietarios no podrán decidir y es, en definitiva, el Gobierno el que resolvió quiénes pueden salir y a dónde.

Para mayor información, en el presente artículo insertamos una infografía, para saber qué se puede y qué no se puede hacer, así como consejos prácticos. Y también una información de Protecció Civil del Departament d’Interior de la Generalitat de Catalunya.

 

 

 

Reset password

Ingrese su dirección de correo electrónico y le enviaremos un enlace para cambiar su contraseña.

Comience con su cuenta

para guardar tus casas favoritas y más

Ingresa con e-mail

Comience con su cuenta

para guardar tus casas favoritas y más

By clicking the «INSCRIBIRSE» button you agree to the Condiciones de uso and Política de privacidad
Powered by Estatik