La práctica de alquilar un inmueble con base en la confianza personal, ya sea mediante vínculos de amistad, familiares o a través de anuncios en redes sociales, está ganando terreno entre los arrendadores, no obstante este enfoque encierra importantes riesgos operativos y jurídicos.
Alquiler entre conocidos: la falsa seguridad de la familiaridad
Con cierta frecuencia algunos propietarios optan por arrendar sus viviendas a personas de su entorno (amigos, familiares o contactos generados mediante intercambio social). Según nuestra experiencia de más de 57 años como administradores de fincas, este es uno de los errores más comunes: «Cuando conoces al inquilino, o crees conocerle, bajas la guardia. No le pides la misma documentación ni haces las mismas comprobaciones que con un candidato extraño».
Esta relajación del control deriva frecuentemente en impagos, deterioro del inmueble, conflictos personales que se transforman en litigios, e incluso en la pérdida de la relación personal original.
Para mitigar estos riesgos, como administradores de fincas aconsejamos se preserve la máxima independencia posible entre la figura del arrendador y la del arrendatario. Cuanto menor sea el vínculo emocional o personal, mayor será la objetividad en la toma de decisiones. En última instancia, la relación contractual debe operar desde la lógica clásica del arrendamiento: el arrendatario tiene la obligación de pagar la renta y el arrendador el derecho de recibirla.
Publicación en redes sociales: rapidez vs. control
Anunciar una vivienda en plataformas sociales como Facebook, Instagram, foros web o mediante grupos de mensajería instantánea puede ofrecer una aparente ventaja en velocidad de captación de candidatos, sin embargo la ausencia de filtros rigurosos y de verificación de antecedentes incrementa la probabilidad de seleccionar inquilinos con perfil de alto riesgo.
El modelo de difusión por redes sociales fomenta una lógica de confianza basada en la apariencia o en la proximidad social, y no en criterios objetivos de solvencia o fiabilidad. Ello ha favorecido la aparición de casos de impago y del fenómeno conocido como “inquiokupación” (inquilinos que cesan el pago y retienen la vivienda, dificultando el desalojo). En consecuencia, la conveniencia de la rapidez debe valorarse frente al coste potencial derivado de la ausencia de diligencia.
Buenas prácticas recomendadas para arrendadores
Para reducir el riesgo asociado al arrendamiento, se recomienda adoptar los siguientes protocolos:
- Solicitar y verificar documentación básica del arrendatario: contrato laboral, declaraciones de renta, certificados de estar al corriente de pago con la AEAT, ingresos regulares y comprobación de no inclusión en ficheros de morosidad.
- Formalizar el contrato bajo evaluación jurídica, con cláusulas claras que contemplen incumplimiento, fianza y garantías.
- Mantener la relación arrendador-arrendatario en un marco profesional, evitando que la familiaridad modifique el comportamiento contractual.
- En caso de haber establecido contacto por redes sociales, realizar una entrevista presencial, solicitar referencias anteriores y confirmar identidad.
- Contratar un seguro de impago o incorporar mecanismos contractuales adicionales para cubrir el riesgo (por ejemplo, aval bancario o garantía adicional).
La figura del administrador de fincas: profesionalización y garantía
Para una mayor seguridad a la hora de seleccionar inquilinos y gestionar el arrendamiento, es recomendable recurrir a los servicios de un administrador de fincas colegiado. Este profesional dispone de la formación, los recursos y las herramientas necesarias para evaluar la solvencia de los candidatos, formalizar contratos conforme a la legislación vigente y supervisar el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
La intervención de un administrador de fincas no solo minimiza los riesgos de impago y conflicto, sino que también aporta transparencia, seguridad jurídica y un adecuado mantenimiento de la relación arrendaticia. En definitiva, representa la opción más profesional y segura para garantizar la tranquilidad del propietario.
Conclusión
El alquiler de viviendas exige profesionalidad, control y objetividad. La confianza personal —ya sea por vínculos de amistad o familiares o por difusión a través de redes sociales— puede resultar atractiva por su aparente sencillez, pero conlleva riesgos elevados si se omiten los controles básicos.
Preservar relaciones claras entre arrendador y arrendatario, aplicar procedimientos de selección rigurosa y contar con el asesoramiento de un administrador de fincas colegiado son elementos esenciales para minimizar contingencias en el mercado del alquiler.