Es una situación más frecuente de lo que parece: un vehículo lleva meses ocupando una plaza del garaje comunitario sin que nadie lo mueva, acumulando polvo y deterioro. Aunque puede parecer un problema sin salida fácil, existe un procedimiento legal claro para resolverlo. A continuación explicamos los pasos a seguir.

Cómo suele detectarse el problema

Los primeros en darse cuenta son los propietarios y usuarios de las plazas de garaje colindantes, que observan cómo el vehículo va acumulando cada vez más polvo y signos evidentes de no utilizarse. Pasa el tiempo y finalmente alguien se lo comunica al administrador o sale el tema en una reunión de la comunidad.

Primer paso: requerir al titular de la plaza

Lo primero en estos casos es reclamar al titular de la plaza de garaje para notificarle que debe mantener el vehículo en correcto estado de limpieza, ya que el deterioro del mismo está comenzando a molestar al resto de propietarios, especialmente a los de las plazas contiguas. Este requerimiento debe quedar debidamente documentado.

¿Y si el propietario no responde?

Si el titular hace caso omiso pese a los requerimientos del administrador, la comunidad dispone de dos vías para actuar:

  • Vía judicial: la comunidad puede acudir a los tribunales para conseguir una sentencia que obligue al propietario a retirar el vehículo o mantenerlo en condiciones adecuadas. Es la vía más garantista pero también la más lenta y costosa.
  • Vía administrativa ante la DGT: desde 2022, la Dirección General de Tráfico dispone de una instrucción específica para el abandono de vehículos en comunidades de propietarios, que resulta más ágil y práctica. Es la opción recomendada en la mayoría de casos.

Cómo tramitar el abandono ante la DGT: pasos a seguir

  1. Interponer una denuncia ante la DGT acompañada de pruebas concluyentes que acrediten el abandono. La documentación necesaria incluye:
  • Fotografías del vehículo abandonado dentro de la plaza y del parking.
  • Certificado emitido por el administrador de fincas o acta de la reunión de la comunidad donde se haya tratado el asunto.
  • Acreditación del tiempo de abandono, que debe ser como mínimo de dos meses.
  1. Levantar un acta notarial en la que la comunidad de propietarios indique las circunstancias del caso y la ubicación exacta del vehículo.
  2. Esperar el plazo de un mes desde la notificación del requerimiento. Si el propietario no retira el vehículo, y una vez agotadas las posibles alegaciones, la administración competente podrá ordenar su traslado a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su destrucción y descontaminación.

¿Y si no se sabe quién es el titular o está en paradero desconocido?

En ocasiones, el titular de la plaza es desconocido o resulta imposible de localizar. En estos casos, la comunidad puede igualmente iniciar el procedimiento ante la DGT, dado que la instrucción de 2022 prevé esta situación. La clave es documentar bien el intento de notificación y acreditar la imposibilidad de contacto, para lo cual resulta especialmente útil contar con la intervención del administrador de fincas, que puede dar fe documental de las gestiones realizadas.

Conclusión

Con la tramitación ante la DGT, la resolución del problema de un vehículo abandonado en la comunidad se agiliza considerablemente frente a la vía judicial. Eso sí: el proceso requiere coordinación entre la comunidad, la notaría y la DGT, con requerimientos formales, documentación precisa y plazos que cumplir.

Un administrador de fincas con experiencia puede encargarse de gestionar todo este proceso: desde la convocatoria de la junta y la redacción de los requerimientos hasta la emisión de los certificados necesarios, evitando errores que prolonguen innecesariamente la resolución. Si tu comunidad se encuentra en esta situación, o quieres saber cómo prevenir conflictos en el parking, en Finques Chicote podemos ayudarte a gestionarlo sin complicaciones.