Una puerta de parking debe estar fabricada siguiendo las directrices de la norma UNE-EN 13241-1:2004 en cuanto a materia de seguridad y estar sometida a un mantenimiento preventivo tal y como indica la norma UNE 85635:2012.

Como es sabido, una norma UNE no es de obligado cumplimiento, sino que es de carácter voluntario. Para poder ser de obligado cumplimiento debe estar referenciada en una disposición legislativa, es decir, las Autoridades Reglamentarias han de decidir si la convierten en obligado cumplimiento.

En materia de seguridad para las puertas motorizadas, la norma UNE-EN 13241-1:2004 al ser una norma armonizada para un producto o servicio específico, es de carácter obligatorio y sirve para que el fabricante demuestre el cumplimiento de seguridad y de calidad de las regulaciones europeas.

En los actuales DBSI (Documentos Básicos de seguridad en caso de Incendio) y en el DBSUA (Documentos Básicos de Seguridad de Utilización y Accesibilidad) del Código Técnico de la Edificación se hace referencia a la norma UNE 85635:2012 que trata de los “Requisitos específicos del mantenimiento para las puertas motorizadas”, por lo tanto, estando incluida en el CTE también es de carácter obligatorio.

A continuación haremos mención a la seguridad y mantenimiento en las puertas motorizadas de los parkings:

  1. Aspectos más destacables de la norma UNE-EN 13241-1:2004 en materia de seguridad de las puertas automatizadas:
    • Desde mayo de 2005 es obligatorio que las puertas de los garajes, de las industrias y de los comercios lleven el marcado CE como distintivo del cumplimiento de la norma UNE-EN 13241-1:2004 en materia de seguridad, además la puerta deberá disponer de la siguiente documentación: Factura, placa marca CE, declaración de conformidad firmada y sellada y manual de uso y mantenimiento.
    • En las puertas instaladas antes de mayo de 2005 no es obligatorio que se adapten a dicha norma, sólo será obligatorio el cumplimiento de las medidas de seguridad si se aplica alguna modificación de importancia.
    • La norma UNE 13241-1:2004 establece los requisitos mínimos para cumplir la normativa de seguridad, y estos son:
      • Contrato de mantenimiento.
      • Bandas de seguridad de sistema anti-aplastamiento.
      • Fotocélula exterior e interior.
      • Bisagras y sistema protector de cizalladura.
      • Paro de emergencia.
      • Sistema que evite la caída libre de la puerta basculante en caso de rotura de un cable.
      • Como sistemas opcionales tenemos los siguientes componentes: lámpara de señalización, semáforo y lazo magnético para evitar el accionamiento de la puerta sin vehículo.

 

  1. El mantenimiento preventivo de la puerta automática en aplicación de la norma UNE-85635:2012:

 

Anteriormente a la norma UNE 85635:2012 la obligatoriedad del mantenimiento se debía de buscar en la Ley de Propiedad Horizontal.

 

Esta norma establece la periodicidad mínima del mantenimiento y revisión recomendada, que se puede resumir en la siguiente tabla para el uso de garaje y residencial:

 

CRITERIO FREQÜENCIA
Número de vehículos ≤ 5 12 meses
Número de vehículos > 5 ≤ 50 6 meses
Número de vehículos > 50 4 meses
Uso estacional 12 meses

(*) Periodos cortos y determinados de tiempo.

Además la norma regula lo siguiente:

  • Las obligaciones de las empresas mantenedoras.
  • Las obligaciones del propietario de la instalación.
  • La importancia del libro de mantenimiento y su contenido.

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