El arrendamiento, el subarriendo y la cesión son tres conceptos legales relacionados con la transmisión de derechos sobre una propiedad, pero cada uno tiene características y condiciones distintas. Aunque suelen confundirse, comprender sus diferencias es fundamental tanto para arrendadores como para inquilinos. En Finques Chicote te explicamos cada una para evitar malentendidos.

Arrendamiento:

El arrendamiento es el contrato mediante el cual una persona (arrendador) cede el uso y disfrute de un bien inmueble a otra (arrendatario) a cambio de una renta o alquiler. Este contrato es el acuerdo principal entre las partes, donde el arrendatario obtiene el derecho exclusivo de usar el inmueble durante un período determinado, bajo ciertas condiciones. En el arrendamiento, el arrendador mantiene la propiedad del bien, mientras que el arrendatario se encarga de su cuidado y paga una renta periódica.

Subarriendo:

El subarriendo es un contrato derivado del arrendamiento. En este caso, el arrendatario (subarrendador) cede, total o parcialmente, los derechos de uso del inmueble a un tercero (subarrendatario) mientras mantiene su obligación con el arrendador original. El subarriendo está generalmente prohibido sin el consentimiento expreso del arrendador, y si se lleva a cabo sin su autorización, el arrendatario podría enfrentarse a sanciones o incluso la terminación del contrato. A diferencia del arrendamiento, en el subarriendo el subarrendatario no tiene una relación directa con el arrendador, sino con el arrendatario original. Una modalidad especulativa del subarriendo la podemos encontrar en nuestro artículo titulado «¿Qué es el arbitraje inmobiliario y cómo funciona?».

Cesión:

La cesión es un acuerdo en el que el arrendatario transfiere todos sus derechos y obligaciones derivados del contrato de arrendamiento a un tercero (cesionario). A diferencia del subarriendo, en la cesión, el cesionario asume la totalidad de la relación contractual con el arrendador, es decir, el arrendatario original deja de ser responsable del contrato, y el cesionario asume todas las responsabilidades. Al igual que en el subarriendo, la cesión requiere el consentimiento del arrendador para ser válida.

Por lo tanto, el arrendamiento es el acuerdo inicial, el subarriendo implica el alquiler parcial a un tercero sin romper el contrato original, y la cesión transfiere todos los derechos y responsabilidades del antiguo inquilino hacia uno nuevo. Conocer estas diferencias te ayudará a evitar malentendidos y gestionar mejor tus contratos.

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