El objetivo de la instalación en edificios en general, y en comunidades de propietarios en particular, de plataformas elevadoras inclinadas, es mejorar la accesibilidad para personas con movilidad reducida, sin comprometer la seguridad en caso de incendio. Para garantizarlo, deben cumplirse los criterios establecidos por el DB SI (seguridad contra incendios) y el DB SUA (seguridad de uso y accesibilidad), asegurando siempre con ello una anchura mínima de paso y medidas de seguridad adecuadas.

Las plataformas deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Que respete las dimensiones mínimas exigidas por el CTE (Código Técnico de la Edificación).
  • Que cuente con las medidas de seguridad activa y pasiva en caso de incendio.
  • Que ofrezca una alternativa de evacuación segura si la plataforma afecta al recorrido principal.

La ficha técnica 3.04 de la División de Protección Civil y Prevención del SPEIS (Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento) tiene por objetivo garantizar la seguridad en la instalación de plataformas elevadoras en edificios existentes. Esta ficha asegura que las plataformas para personas con movilidad reducida no comprometan los recorridos de evacuación ni protección contra incendios.

Según la Ficha 3.04, sólo se permite la instalación de plataformas elevadoras inclinadas cuando:

  • No sea posible la instalación de ascensores o plataformas verticales.
  • Se garantice la anchura mínima de los recorridos de evacuación según el DB SI y el DB SUA.
  • Las plataformas cumplan la Directiva Europea 2006/42/CE y la norma UNE EN 81-40, con el correspondiente marcado CE.

Criterios de Aplicación en los Edificios Comunitarios

  1. Criterios de Seguridad contra Incendios (DB SI): Según el DB SI, es esencial garantizar que la instalación de plataformas no interfiera en los recorridos de evacuación de los edificios:

a) Anchura mínima de paso en recorridos de evacuación:

  • Con plataforma desplegada: mínimo 60 cm en edificios con hasta 25 ocupantes.
  • Con plataforma replegada: debe permitir el ancho de paso completo definido por el DB SI según la ocupación del edificio.
  • En edificios de alta ocupación, se requiere un mínimo de 1,00 m de ancho útil.

b) Exigencias en función del riesgo de incendio:

  • Si la plataforma obstruye parcialmente el recorrido de evacuación, debe garantizarse un recorrido alternativo.
  • La plataforma debe poder plegarse automáticamente para dejar libre el paso, incluso en caso de corte eléctrico.
  • En edificios de más de 250 m² o con una alta ocupación, debe disponer de un sistema de bloqueo en caso de incendio, activado mediante una instalación de detección de incendios según la norma UNE 23007.

c) Compatibilidad con las escaleras de evacuación:

  • Sólo se permite la instalación de plataformas en escaleras existentes si se garantiza la resistencia estructural en caso de incendio.
  • No se pueden instalar en escaleras protegidas ni en escaleras de evacuación principales, excepto si se garantiza un itinerario alternativo seguro.
  1. Criterios de Accesibilidad y Seguridad de Uso (DB SUA): El DB SUA – Seguridad de Uso y Accesibilidad regula la seguridad y las condiciones de accesibilidad en la instalación de plataformas.

Condiciones establecidas por el DB SUA:

a) Accesibilidad y uso seguro:

  • El edificio debe garantizar un itinerario accesible continuo para personas con movilidad reducida.
  • La plataforma no puede crear riesgos de atrapamiento o impacto con otros elementos estructurales del edificio.

b) Dimensiones mínimas de accesibilidad:

  • Los recorridos accesibles deben tener mínimo 1,20 m de ancho cuando se requiera uso de silla de ruedas.
  • Si la plataforma reduce el paso a menos de 90 cm, es necesaria una alternativa de evacuación segura.
  • Los escalones de escalera deben permitir la instalación sin comprometer la seguridad estructural de la rampa.

c) Condiciones técnicas específicas:

  • La superficie de la plataforma debe ser antideslizante y tener barandillas de seguridad.
  • Debe tener un sistema de parada de emergencia y un dispositivo de retorno manual en caso de quiebra del suministro eléctrico.
  • El edificio debe estar adecuadamente señalizado para indicar la ubicación y el uso de la plataforma.
  1. Soluciones en Caso de No Ser Técnicamente viable la instalación: Cuando la instalación de plataformas inclinadas no cumpla con los criterios establecidos, pueden considerarse las siguientes soluciones alternativas:

a) Instalación de un sistema de plegamiento automático, asegurando que la plataforma quede libre cuando no se utiliza.

b) Recorrido de evacuación alternativo que cumpla las dimensiones establecidas en el DB SI y DB SUA.

c) Plataforma con bloqueo de seguridad en caso de incendio para evitar la obstrucción de los recorridos de evacuación.

d) Adecuación estructural del edificio para garantizar un ancho de paso suficiente en todo momento.

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