El 12 de marzo de 2024 el Parlamento Europeo aprobó la Directiva de Eficiencia Energética en Edificios (EPBD), que sienta las bases del proceso de descarbonización del parque inmobiliario antes del año 2050 en toda la Unión Europea.
Ahora que ya se encuentra aprobada esta directiva, a partir de la citada fecha cada Estado Miembro de la UE tiene un plazo máximo de dos años para poder transponer dicha directiva a su legislación nacional.
Resumen de la EPBD:
- Antecedentes:
Como consecuencia de la Ley Europea del Clima, aprobada en junio de 2021, se define el objetivo de la neutralidad climática en la UE en el año 2050 y se exige legalmente a todos los Estados Miembros el objetivo de reducir un mínimo del 55% las emisiones de efecto invernadero (GEI) de aquí al año 2030.
En diciembre de 2021, la Comisión Europea propuso una revisión de la Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios, con un paquete de medidas que se denomina «Objetivo 55», que fijaría el “modus operandi” de la UE para poder establecer la estrategia para lograr los objetivos reflejados por la Ley Europea del Clima del año 2021.
En octubre de 2022, los Estados Miembros de la UE, reunidos en el Consejo, acuerdan una posición conjunta sobre la propuesta de la Comisión de revisar el EPBD.
La Comisión ITRE (Comisión de Industria Investigación y Energía) aprueba, en su informe del 9 de febrero de 2023, nuevos objetivos a incorporar en la revisión del EPBD.
Y finalmente, como se indicó al principio del presente artículo, el 12 de marzo de 2024 el Parlamento Europeo aprueba la nueva DEEE.
- ¿Qué efectos tienen los edificios sobre el cambio climático?
Los edificios de la UE representan el:
- 40% del consumo total de la energía.
- 36% de las emisiones del efecto invernadero.
- ¿Qué aporta la nueva DEEE a los objetivos de descarbonización?
Aporta una serie de herramientas con mucho potencial como pueden ser:
- El Registro Digital del Edificio, enfocado a recopilar y mejorar el conocimiento del parque edificado en cuanto a eficiencia energética.
- El pasaporte de rehabilitación, orientado a definir una visión estratégica a largo plazo del edificio en su proceso de rehabilitación que permita aumentar la seguridad y eficiencia a lo largo de todo su ciclo de vida.
- La nueva Certificación Energética Europea que, aparte de tener en consideración a las energías renovables y a la limitación de la demanda energética, tendrá en cuenta la domótica como gestor eficiente de la energía.
- ¿Qué objetivos establece la revisión de la DEEE en relación a la eficiencia energética de los edificios?
La reforma de la Directiva establece nuevas normas de eficiencia más ambiciosas para los edificios de la UE, tanto los nuevos como los reformados.
Se establece el objetivo de motivar a los propietarios de los inmuebles de toda la UE a renovar sus edificios para que sean más eficientes, más verdes, más sostenibles y más confortables.
Los combustibles fósiles se eliminarán totalmente en los nuevos sistemas de calefacción de aquí al año 2035, salvo que la Comisión lo alargue hasta el año 2040.
Descarbonización de la edificación:
- a) Edificios de nueva construcción: todos los edificios privados nuevos serán de cero emisiones a partir del año 2030 y todos los de titularidad pública a partir del año 2028.
- b) Edificios existentes: los edificios residenciales de clase G tendrán que conseguir la clase F para el año 2030 y la clase E para el año 2033, y cumplir normas más estrictas para el año 2040 y el 2050, sobre la base de trayectorias nacionales hacia un parque inmobiliario de cero emisiones. Los edificios no residenciales con certificado de eficiencia energética de clase G tendrán que renovarse al menos hasta la clase F de aquí a 2027 y al menos a la clase E para 2030. Los certificados de eficiencia energética de la clase D a la G, se emitirán por 5 años.
- c) Energía fotovoltaica para edificios:
Se deberá de instalar energía fotovoltaica, siempre que sea técnica y económicamente adecuado, en:
- Año 2027: Todos los edificios públicos y no residenciales nuevos con una superficie útil mayor de 250 m2.
- Año 2028: Todos los edificios públicos y no residenciales existentes con una superficie útil mayor de 2000 m2. Y todos los edificios no residenciales existentes con una superficie útil mayor de 500 m2 sometidos a reforma.
- Año 2029: Todos los edificios públicos y no residenciales existentes con una superficie útil mayor de 750 m2.
- Año 2030: Todos los edificios residenciales nuevos y todos los estacionamientos cubiertos próximos a los edificios.
- Año 2031: Todos los edificios públicos existentes con una superficie útil mayor de 250 m2.
Se introducen las siguientes exenciones respecto a los objetivos:
- Edificios históricos.
- Lugares de culto.
- Edificios de defensa.
- Industrias y edificios agrarios.