En ocasiones, en las comunidades de propietarios, se puede llegar a plantear por parte de algún propietario la posibilidad de utilizar elementos comunes de forma privativa en beneficio de los propietarios de la comunidad.
Estos planteamientos o propuestas consisten en el uso de determinadas zonas o elementos comunes como pueden ser cuartos de servicios o espacios vacíos para poder dejar objetos o elementos privativos como enseres, trastos, bicicletas, patines, etc., o en el caso de los parking, aprovechar esquinas o zonas sin tránsito para aparcar motos, bicicletas o coches.
Hay comunidades de propietarios que tienen zonas libres sin un uso concreto específico y es entonces cuando ciertos propietarios plantean la posibilidad del uso privativo de esas zonas.
Esta posibilidad se ha ido incrementando en los últimos años con el aumento del uso de bicicletas y patines por parte de los vecinos de fincas y garajes.
Como decíamos, en las fincas suelen existir espacios como cuartos de servicios o amplias zonas que teóricamente se podrían destinar a algún uso privado.
Cuando se produce este planteamiento o solicitud por parte de los propietarios, se deberá tratar el mismo en la siguiente reunión que se efectúe reflejando este punto de forma muy clara en el orden del día.
Es muy importante que todos los propietarios tengan conocimiento de este tema a tratar en reunión habida cuenta que este tipo de acuerdo debe ser adoptado por la unanimidad de los propietarios de la comunidad.
A priori, puede dar la impresión de ser el típico acuerdo que, como la mayoría de los acuerdos en las comunidades, se puede adoptar por la mayoría simple de los propietarios y coeficientes asistentes a la reunión.
No obstante, esto no es así, ya que se trata de uno de los pocos acuerdos que precisa del voto unánime de los copropietarios.
Debemos pensar que, aunque parezca un acuerdo simple sin más repercusión, realmente esto no es así, ya que lo que se está planteando es ceder de forma gratuita el uso privativo de zonas o elementos comunes.
Por otro lado, en los parking existe un inconveniente mayor que en las fincas, dado a que la posibilidad de destinar para uso privativo determinadas zonas de éste, puede suponer una modificación de la licencia de actividad del garaje, lo que implicaría la intervención de un ingeniero para modificar la licencia.
Por dicho motivo, cuando se plantea este tema en alguna reunión, es importante tener en cuenta la necesidad de la unanimidad para su aprobación.
Si esta se consigue en la reunión, habrá que esperar 30 días para saber si los propietarios ausentes manifiestan su oposición al acuerdo de forma fehaciente.
Si no dicen nada, el acuerdo se entenderá como aprobado, debiéndose remitir un anexo al acta confirmando la aprobación definitiva del acuerdo, tal y como se ha de realizar siempre con los acuerdos susceptibles de formación sucesiva.
Y, lógicamente, si en la reunión donde se trata este asunto hay algún propietario que manifiesta su desacuerdo con éste, el mismo no será aprobado y no será preciso esperar 30 días para saber la opinión de los propietarios ausentes.